Asamblea Virtual

El GCABA por disposición 2597/DGDYPC/20 artículo 3°, permitió que se realicen asambleas en modo virtual, sea por decisión mayoritaria de los consorcistas o ante cuestiones que resulten de naturaleza improrrogables. Por otro lado, la IGJ también reguló dicha actividad según resolución general RESOG-2020-11-APN-IGJ#MJ